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Ayuda para Autónomos. 2021

Vivir en España • oct 07, 2021

En este artículo encontrarás el siguiente contenido:



Fuentes | Colaboradores de esta información:


Unión Europea - Vivireneuropa.eu - Ministerio de Asuntos Exteriores - unmadrilenoeneuropa.es - Portal Inmigración España - Gobierno de España - BOE de España - UPTA 

Servicios al Ciudadano

Convocatorias de ayudas directas para autónomos.

El Gobierno permite ahora a las Comunidad Autónomas dar ayudas directas a los autónomos. Te hablamos de las principales convocatorias para los autónomos en España.


Este artículo está pensando principalmente para autónomos y emprendedores en España.


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En la parte superior de este artículo puedes ver todas las fuentes oficiales que han colaborado o de las cuáles se ha obtenido la información.


Nuevas medidas y plazos de la exoneración de las cuotas de autónomos.


El Gobierno ha dado potestad a las CCAA para modificar sus convocatorias de ayudas directas y permite que los autónomos las destinen a "compensar costes fijos", aunque éstos "estén pagados".


Ante la desesperación de muchos autónomos por no poder acceder a las ayudas directas, el Gobierno publicó el pasado 15 de septiembre una "aclaración" del Real Decreto Ley 5/2021 que permite a las comunidades autónomas que todavía no hayan asignado los fondos recibidos -que son prácticamente todas- abrir nuevas convocatorias y "compensar" a través de las subvenciones los gastos fijos que ya hayan abonado los negocios desde marzo de 2020. 


El BOE del día 15 de septiembre incluyó algunos cambios en el Real Decreto que fija las condiciones que luego deberán aplicar las CCAA, con esta "aclaración" ya se permite a los autónomos incluir como gastos subvencionables para cobrar las ayudas directas los costes fijos como a luz, alquiler o agua, aunque éstos ya se hayan pagado previamente. 


 La modificación consiste en: 


  • En primer lugar, en la ampliación en cuatro meses, desde el 31 de mayo hasta el 30 de septiembre de 2021 del plazo de cobertura de las ayudas. Así, las ayudas recibidas deberán aplicarse a satisfacer la deuda, realizar pagos a proveedores y otros acreedores


  • También podrán destinarse, en último lugar, a "compensar costes fijos siempre y cuando se hayan generado entre el 1 de marzo de 2020 y el 30 de septiembre de 2021 y procedan de contratos anteriores al 13 de marzo de 2021", añade el INAP.


De este modo, las CCAA ya deberían empezar a admitir que los autónomos presenten como gastos subvencionables los costes fijos que ya han pagado. 


Bastará con presentar las facturas de estos costes fijos -estén o no pendientes de pago- y, un autónomo que cumpla las demás condiciones, al que le correspondería, en primer lugar,el autónomo debería hacerse cargo a los pagos y créditos pendientes a 30 de septiembre. Si no los tiene o ya los ha cubierto y le sobra dinero, podrá destinarlos a los costes fijos que ya haya pagado desde marzo de 2020. También, y en último lugar, a las pérdidas contables, es decir, al todo el rendimiento neto que haya declarado en negativo en 2020. 


Ahora bien, el problema de acceso a las ayudas directas para muchos autónomos todavía no se ha solventado, ya que sigue habiendo miles de trabajadores por cuenta propia, que no tienen costes - ni abonados ni pendientes de abonar- ya que, en primer lugar, no han podido trabajar, y en segundo lugar, las características de su actividad hacen que no generan casi ningún tipo de gasto. 

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Ayudas directas. Compensación costes fijos.

Nuevas medidas para favorecer a los autónomos.


Las ayudas se podrán dirigir a "compensar" los costes fijos ya abonados por los autónomos.

La clave, esta vez, estaría en el término "compensar", ya que " abre la puerta a que todas las Comunidades Autónomas puedan modificar las bases de sus nuevas convocatorias y pagar por fin a través de las ayudas directas los gastos fijos -siempre y cuando sean fijos- que hayan soportado los autónomos durante la pandemia, aunque no estén pendientes de pago. 


Eso sí, la CCAA en cuestión debe incluir el cambio en su convocatoria. 

Las autonomías no sólo podrían pagar desde ahora a los autónomos que no tengan deudas pendientes de pago, pero sí gastos fijos previamente abonados, sino que además deberían de adaptar sus nuevas convocatorias a la última redacción.


Tanto es así que ya son, al menos, tres CCAA, Madrid, Andalucía y Extremadura, las que han lanzado nuevas convocatorias


De la misma forma, la Comunidad de Madrid incluyó en su nueva convocatoria, que se extiende hasta el próximo 23 de octubre la nueva redacción de la ley, junto a la aclaración literal que hizo el propio Gobierno. Según aparece recogido en el portal de la Cámara de Madrid, "la nueva convocatoria amplía el destino de las ayudas a satisfacer el pago de facturas y deudas a proveedores y otros acreedores, financieros y no financieros, así como a compensar los costes fijos incurridos siempre y cuando éstos se hayan generado entre el 1 de marzo de 2020 y el 30 de septiembre de 2021 y procedan de contratos anteriores al 13 de marzo de 2021". 


También la Junta de Extremadura incluyó la modificación recientemente.


Las comunidades que todavía no lo hayan hecho -incluir los costes fijos abonados como subvencionables-, lo tendrán que hacer tarde o temprano. 


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Gastos permitidos. Autómomos Excluidos.

La norma principal indica que los gastos sólo se podrán cubrir después de los créditos y facturas pendientes.


Esto significa que para los gastos variables, como puede ser la compra de material para el negocio y cualquier otro gasto con proveedores, en principio, sería necesario que el pago esté pendiente. Mientras que con los costes fijos -que no dependen del nivel de producción-, como alquiler o agua, podrán estar ya abonados. 


Los costes fijos sólo se podrá llevar a cabo, una vez ya se hayan cubierto todos los conceptos anteriores que marca la norma: los créditos y las deudas pendientes de pago.


Por tanto, el orden sería el siguiente:


  • Deudas pendientes de pago a proveedores
  • Créditos ICO
  • Otros préstamos
  • Compensación de costes fijos (alquiler, agua..) y pérdidas contables.


Autónomos excluidos de esta ayuda.


Ahora bien, sí habría sin embargo algunos autónomos que no sólo no tienen deudas pendientes, sino que seguramente tampoco tendrán costes fijos que acreditar en sus facturas. Es el caso de miles de profesionales que, a pesar de tener pérdidas, no tendrán gastos que justificar, y que por tanto seguirían fuera de las ayudas


Y, "seguiría habiendo muchos autónomos excluidos de esta condición, porque un trabajador por cuenta propia en módulos -fotógrafos, pequeños comerciantes o taxistas-, no tiene obligación de tener una contabilidad y, por tanto, no puede acreditar pérdidas contables", explicó José Carlos Piñero, director del Área Jurídica de la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos.


Recuerda que si tienes dudas o gestiones puntuales puedes contactar con nuestro equipo.

Área de Autónomos. Emprendimiento

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