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Casilla 127. Modificación de la Renta

Vivir en España • dic 16, 2021

En este artículo encontrarás el siguiente contenido:



Fuentes | Colaboradores de esta información:


Unión Europea - Vivireneuropa.eu - Ministerio de Asuntos Exteriores - unmadrilenoeneuropa.es -  Gobierno de España - BOE de España - UPTA - Agencia Tributaria - Autónomos en Europa


Servicios al Ciudadano

La casilla 127. Qué es.

Nuestra situación fiscal puede sufrir varias modificaciones a lo largo del año, más en estos tiempo actuales, puede ser que hayas pagado de más o de menos. Por eso te hablamos de una casilla muy importante en el modelo 100 de la renta. La casilla 127: rectificación de renta.


Este artículo está pensado para particulares. Recuerda que puedes tramitar tu modelo 100 con nosotros.


Antes de empezar queremos recordar que en la comunidad Vivir en España somos más de 90 colaboradores a tu servicio para ayudarte en más de 250 servicios y gestiones. Además, dispones más de 180 informaciones digitales para que puedas planificar todo tú directamente. Formamos parte de la red de movilidad europea: Vivir en Europa.


En la parte superior de este artículo puedes ver todas las fuentes oficiales que han colaborado o de las cuáles se ha obtenido la información.


Qué es el modelo 100.


El modelo 100 permite hacer la devolución o ingreso del IRPF, es decir, es el modelo al que comúnmente nos referimos como “Declaración de la Renta“.


Normalmente el modelo 100 se presenta entre los meses de mayo y junio, aunque algunos días pueden variar ligeramente en función del calendario.


Qué es la casilla 127.


La casilla 127 puede ser crucial en algunos casos, ya que es la que permite realizar rectificaciones de la autoliquidación.


La casilla 127 de la Declaración de la Renta es la destinada a los procesos de rectificación de las autoliquidaciones, que permiten modificar una declaración ya presentada.


Si te has dado cuenta de un error o has omitido algún dato, aquí puedes corregirlo, pero solo se puede iniciar cuando hemos completado incorrectamente el borrador, saliendo perjudicados ante Hacienda, es decir, con una devolución menor de la que nos corresponde o con un ingreso mayor del que debemos hacer.


Tramita este modelo con nuestros expertos.

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Quién y cómo debe presentarse.

Como te hemos indica anteriormente este modelo está pensado para las personas físicas.

Cualquier persona que al realizar el modelo 100 necesite presentar una rectificación de pagos o declaraciones previas realizadas con anterioridad.


Esta solicitud se realiza para iniciar un procedimiento de rectificación de una autoliquidación de 2020, por alguno de los siguientes motivos:

  • Resultar una cantidad a devolver superior a la solicitada.
  • Resulta una cantidad a ingresar menor de la declarada.
  • Si necesita informar de un dato que no afecta al resultado de la declaración.


Cómo debe presentarse el modelo 100 (y la casilla 127)


  • Por vía electrónica (Con número de referencia, Cl@ve PIN, certificado digital reconocido o DNIe). 

    Si no tienes Certificado Digital puedes obtenerlo con nosotros de manera online, es muy útil para todas tus gestiones con las administraciones españolas.

  • Mediante asistencia telefónica.

  • En cualquier oficina de entidad colaboradora autorizada.

  • A través de la campaña presencial de confección de declaraciones en las oficinas de la Agencia Tributaria o entidades colaboradoras mediante cita previa.

  • También lo puedes realizar de manera online con nosotros


Otro punto importante a tener en cuenta es que esta rectificación será solo pertinente cuando la Agencia Tributaria no haya practicado una liquidación definitiva y que no haya transcurrido cuatro años desde la autoliquidación.


Tramita el Modelo 100. Declaración de la Renta con nosotros.

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Cómo se debe realizar la declaración.

Recuerda que podremos escoger entre rectificar una autoliquidación (si es para que nos devuelvan lo ingresado de más o devuelto de menos) o realizar una declaración complementaria (si pretendemos declarar algo que suponga pagar más de lo que pagamos en su momento).


Las rectificaciones de autoliquidación se pueden realizar a través de la web o mediante escrito. La complementaria se hace online.


  • Para rectificar la autoliquidación hay que marcar la casilla 127.

  • En la siguiente ventana y ya dentro de la modificación, procederemos a realizar los cambios y a darle a “Validar” y a “Presentar declaración”.


  • En el caso de la declaración complementaria, el procedimiento es similar salvo que marcaremos la casilla 107.


  • Posteriormente, en el apartado O, el de 'Regularizacion', se tendrá que rellenar la casilla 681 (Resultados a ingresar de anteriores autoliquidaciones o liquidaciones administrativas correspondientes al ejercicio 2020) o la casilla 682 (Devoluciones solicitadas a la Agencia Tributaria como consecuencia de la tramitación de anteriores autoliquidaciones correspondientes al ejercicio 2020), según corresponda.


  • Además, en la casilla 686 hay que introducir el justificante de la autoliquidación que se pretende rectificar y en la casilla 687 el número de cuenta en el que se desea que se abone la devolución, si procede.


Puedes tramitar el modelo 100 con nosotros.

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Tu situación puede ser particular.


Esta información no constituye bajo ningún concepto asesoramiento jurídico, sirviendo sólo a efectos informativos. En caso de necesitar asesoramiento debe ponerse en contacto con los Helpers.


Debe tenerse en cuenta que la normativa de cualquiera de los países analizados así como los procedimientos establecidos pueden cambiar en cualquier momento y sin previo aviso. La veracidad y la información es muy importante para nosotros. Por eso encontrarás en el artículo todas las fuentes oficiales y colaboradores que han participado en este artículo. Si quieres aportar a este artículo contacta con nosotros.


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