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Modelo 030. Censo en la Agencia Tributaria

Vivir en España • dic 09, 2021

En este artículo encontrarás el siguiente contenido:



Fuentes | Colaboradores de esta información:


Unión Europea - Vivireneuropa.eu - Ministerio de Asuntos Exteriores - unmadrilenoeneuropa.es -  Gobierno de España - BOE de España - UPTA - Agencia Tributaria - Autónomos en Europa


Servicios al Ciudadano

El modelo 030. Qué es.

Estar registrado en el censo de la Agencia Tributaria correcta es muy importante, y nos evitará de diferentes sorpresas. Por eso hoy te hablamos del modelo 030 para particulares.


Este artículo está pensando principalmente para particulares, en empresas y autónomos deberás presentar el modelo 036 o 037


Antes de empezar queremos recordar que en la comunidad Vivir en España somos más de 90 colaboradores a tu servicio para ayudarte en más de 250 servicios y gestiones. Además, dispones más de 180 informaciones digitales para que puedas planificar todo tú directamente. Formamos parte de la red de movilidad europea: Vivir en Europa.


En la parte superior de este artículo puedes ver todas las fuentes oficiales que han colaborado o de las cuáles se ha obtenido la información.


Qué es el Modelo 030.


El modelo 030 se utiliza para solicitar el alta en el Censo de Obligados Tributarios por parte de las personas no desarrollen actividades empresariales o profesionales y no satisfagan rendimientos sujetos a retención o ingreso a cuenta. También sirve para solicitar el NIF cuando no se disponga de D.N.I ni de número de identificación de extranjero (NIE).


Las personas físicas que no trabajen por cuenta propia deberán utilizar el modelo 030 para comunicar el cambio de domicilio fiscal, modificar datos personales (estado civil, identificación del cónyuge), indicar un cambio de domicilio o pedir etiquetas identificativas.


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Quién y cómo debe presentarse.

Como te hemos indica anteriormente este modelo está pensado para las personas físicas.

Por ello cualquier persona que necesite darse de alta, de baja o varias sus datos, deberá presentar el modelo 030


Puedes descargarlo en nuestra sección de formularios.


Cómo debe presentarse el modelo 030


La presentación del modelo 030 puede ser telemática, en las Oficinas de la AEAT, o por teléfono cuando se comunique el cambio de domicilio fiscal.


También podrá enviarse por correo dirigido a la oficina de gestión de la Delegación que corresponda.


Lo más cómodo y rápido es a presentación telemática exigirá disponer de un sistema válido de identificación: DNI electrónico, Certificado electrónico, PIN24H.


Si no tienes Certificado Digital puedes obtenerlo con nosotros de manera online, es muy útil para todas tus gestiones con las administraciones españolas.


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Para qué sirve el Modelo 030. Plazos.

El modelo 030 tiene por objeto comunicar sobre:

  • Alta en el Censo de obligados tributarios.
  • Modificación o cambio del domicilio fiscal del contribuyente
  • Consignación, modificación o cambio de domicilio notificaciones.
  • Modificación de los datos identificativos del contribuyente.
  • Solicitud de NIF por persona física que no dispongan de DNI/NIE.
  • Cambio o modificación de estado civil del contribuyente.
  • Petición de etiquetas identificativas.


En cuanto a los plazos debes saber:


El modelo 030 se puede presentar en cualquier momento del año, siempre que hayamos sufrido una variación en nuestros datos personales o familiares y en la vivienda habitual.


Para un cambio de residencia fiscal dispones de 3 meses.


Puedes tramitar el modelo 030 con nosotros.

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Documentación para presentar el modelo 030

Esta es la información que necesitarás para presentar el modelo 030, dependiendo de tu categoría:


Personas físicas de nacionalidad española:

  1. Con carácter general:
  • Fotocopia del Documento Nacional de Identidad (DNI) del solicitante. Si es el propio interesado el que comparece ante la Administración tributaria, no será precisa la aportación de fotocopia del DNI, siempre que lo exhiba y autorice a los órganos de la AEAT a efectuar la verificación de sus datos de identidad. Si el interesado no presta consentimiento para efectuar la verificación de sus datos de identidad deberá aportar fotocopia del DNI.

  1. Menores de 14 años residentes, si carecen de DNI:
  • Fotocopia del Libro de Familia o Certificado de Nacimiento.

  1. Españoles, residentes en el extranjero, si carecen de DNI:
  • Fotocopia del pasaporte. Si es el propio interesado el que comparece ante la Administración tributaria se lo podrá requerir la exhibición del original de su pasaporte.

  • Documento que acredite su residencia en el extranjero.


Personas físicas de nacionalidad extranjera:

  1. Con carácter general:
  • Fotocopia del documento que acredite el Número de Identificación de Extranjero (NIE) del solicitante. Si es el propio interesado el que comparece ante la Administración tributaria, no será precisa la aportación de fotocopia del NIE, siempre que exhiba el documento acreditativo del NIE y autorice a los órganos de la AEAT a efectuar la verificación de sus datos de identidad. Si el interesado no presta consentimiento para efectuar la verificación de sus datos de identidad deberá aportar fotocopia del documento acreditativo del NIE.

  1. Si no dispone de Número de Identificación de Extranjero (NIE) y solicita un NIF otorgado por la Agencia Tributaria:

  • Fotocopia del pasaporte del solicitante o de otro documento de su país de origen que acredite su identidad, edad y nacionalidad. Si es el propio interesado el que comparece ante la Administración tributaria se le podrá requerir la exhibición del original de su pasaporte o documento que acredite su identidad.

  • Documento acreditativo de no estar obligado a disponer de Número de Identificación de Extranjero (NIE).

  • Si está obligado a disponer de NIE, documento acreditativo de haberlo solicitado y justificación documental de la operación de naturaleza o con trascendencia tributaria para la que necesita el NIF.

Documentación adicional en el caso de solicitudes presentadas por medio de representante:

  1. Cuando la solicitud se realiza por medio de representante (por ejemplo, por el representante legal de un menor o de un no residente o por un representante voluntario), se aportará además:

  • Fotocopia del Número de Identificación Fiscal (NIF) del representante. Si el representante compareciera al presentar la solicitud, no sería necesario que aportara fotocopia de su NIF, bastaría con que exhibiera el documento acreditativo del mismo. Si el representante no comparece (por ejemplo, el representante de un menor o de un extranjero es el que solicita el NIF de aquellos pero envía la solicitud por correo), deberá adjuntar fotocopia de su NIF.

  • Documentación acreditativa de la representación.

Documentación adicional que se debe presentar en las solicitudes de variación de datos personales:

  1. Cuando se presente el modelo 030 para comunicar la variación de datos identificativos o personales (cambio/ modificación de estado civil, modificación de datos identificativos) se podrá exigir que se acredite la variación de los datos personales que se deberá aportar:

  • Fotocopia del Numero de Identificación Fiscal (o DNI/NIE) del solicitante.
  • Documentación acreditativa de la variación de datos personales solicitada.


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Esta información no constituye bajo ningún concepto asesoramiento jurídico, sirviendo sólo a efectos informativos. En caso de necesitar asesoramiento debe ponerse en contacto con los Helpers.


Debe tenerse en cuenta que la normativa de cualquiera de los países analizados así como los procedimientos establecidos pueden cambiar en cualquier momento y sin previo aviso. La veracidad y la información es muy importante para nosotros. Por eso encontrarás en el artículo todas las fuentes oficiales y colaboradores que han participado en este artículo. Si quieres aportar a este artículo contacta con nosotros.


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