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Modelo 369. Tienda Online

Vivir en España • oct 22, 2021

En este artículo encontrarás el siguiente contenido:



Fuentes | Colaboradores de esta información:


Unión Europea - Vivireneuropa.eu - Ministerio de Asuntos Exteriores - unmadrilenoeneuropa.es -  Gobierno de España - BOE de España - UPTA - Agencia Tributaria

Servicios al Ciudadano

La tienda Online. El modelo 369

El comercio electrónico es clave en el desarrollo de diferentes actividades comerciales. Te vamos a hablar del modelo 369. El IVA en la Tienda Online


Hemos creado un monográfico al respecto para que puedas entender toda la normativa para poder abrir tu tienda online o negocio electrónico. Aquí ya hemos hablado del Modelo 035, de la ventanilla única, OSS.


Este artículo está pensando principalmente para autónomos y emprendedores en España.


Antes de empezar queremos recordar que en la comunidad Vivir en España somos más de 90 colaboradores a tu servicio para ayudarte en más de 250 servicios y gestiones. Además, dispones más de 180 informaciones digitales para que puedas planificar todo tú directamente. Formamos parte de la red de movilidad europea: Vivir en Europa.


En la parte superior de este artículo puedes ver todas las fuentes oficiales que han colaborado o de las cuáles se ha obtenido la información.


Nueva normativa del IVA en el Comercio electrónico.


El 1 de julio de 2021 entraron en vigor las nuevas normas para el IVA del comercio electrónico. La nueva legislación Europea pretende simplificar cómo recaudan los países sus respectivos IVA en las ventas online intracomunitarias .


A raíz de los cambios normativos en el IVA del e-commerce a nivel europeo se crea un nuevo modelo tributario de obligada presentación si se realizan ventas online en determinadas casuísticas.


Si eres un e-commerce, marketplace o si te dedicas a vender productos o servicios online a particulares de la Unión Europea debes poner el IVA del país de tu cliente y liquidar estos IVA en el modelo 369.


Cuándo se debe presentar. Quién lo debe presentar es lo que vamos a ver a continuación.

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Modelo 369. Cuándo y quién lo debe presentar.

Están obligados a presentar el modelo 369 todos aquellos que vendan a particulares de la Unión Europea bienes o servicios a través de canales online y que el volumen de ventas a estos sujetos represente una facturación superior a 10.000€ anuales.


Es decir, en el momento que mi facturación a particulares de la UE supere los 10.000€ estaré obligado a darme de alta en el OSS (One-Stop-Shop o también conocido como Ventanilla Única) a través del modelo 035 y esto implica que tengo que facturar con el IVA del país del cliente que me compra y liquidar ese IVA en el modelo 369 trimestralmente.


Mientras no supere este importe, se aplicara el IVA de España (o del territorio donde esté dado de alta) y actuaré como hasta el momento. Saldrá en la casilla del modelo 303 como si fuera una operación interior y se liquida el IVA en España.


Importante: Tienes hasta 20 días para hacerlo desde la primera factura que superó el umbral y darte de alta a efectos de esa fecha de la factura que superó el umbral.


Este modelo se presenta de forma trimestral o mensual, según en la modalidad en al que te encuentres, te las explico a continuación. La finalidad es la misma, declarar todo el IVA europeo derivado de las ventas o prestaciones de servicios digitales a particulares europeos que has realizado durante ese tiempo. Es decir, mediante este modelo podrás pagarle a la Hacienda española el IVA de las ventas que realizas a particulares o consumidores finales que viven es cualquier país de Europa (sin contar España).


La presentación únicamente se puede realizar de forma electrónica con clave pin o certificado digital, o si eres empresario o profesional como persona física actuando en nombre propio, puedes realizar la presentación mediante el sistema Cl@ve.


Debes tener un número de identificación fiscal y si eres empresario o profesional extranjero no establecido en España y quieres registrarte en el régimen de importación a través de intermediario, debes tener asignado un código de identificación individual.


Te aconsejamos que conozcas más sobre el IVA en la UE y nuestro programa de automatización de IVA.

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Regímenes vigentes. Tipología.

Existen tres tipos de regímenes en los que darnos de alta y, en función de nuestra casuísticas particulares, podemos estar dados de alta en más de uno. En el modelo 369 informaremos por separado de las operaciones de realicemos en cada régimen.


Debemos tener en cuenta la localización, desde qué país se está vendiendo, y lo que determina desde qué país vendemos es si tenemos almacén o no.

Se puede pedir identificación de un país de la Unión Europea (VAT number), pero lo que implica la presencialidad en dicho país es tener un almacén y con ello un NIF permanente.


El alta va a depender del tipo de régimen para el que se hace. Te recordamos las cuatro opciones:


  • Régimen de la Unión.
  • Régimen exterior de la Unión.
  • Régimen de Importación. Declarante o intermediario.


Recuerda que si tienes dudas o gestiones puntuales puedes contactar con nuestro equipo.

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Cómo cumplimentar el modelo 369

El Régimen de la Unión, es el más habitual y está estructura de la siguiente manera:


  1. Identificación.
  2. Periodo de la liquidación.
  3. Ingresos recibidos de las prestaciones de servicio
  4. Importe recibido de la venta de bienes a particulares de otros países de la Unión Europea.
  5. Si la actividad se realiza desde otro estado europeo distinto a España, debemos rellenar también los apartados cinco y seis.
  6. El séptimo y último apartado es para hacer correcciones de ejercicios anteriores.


Para el Régimen Exterior de la Unión y el Régimen de Importación, hay algunas variaciones:


En el punto 3 del Régimen Exterior de la Unión recoge el total de ingresos que se reciben fruto de prestación de servicios o venta de bienes a particulares de otros países de la Unión Europea.


En el Régimen de Importación se indica el total de ingresos que has recibido fruto de la venta de bienes de menos de 150€ a particulares de otros países de la Unión Europea.


Todos quienes vendan bienes o servicios en la Unión Europea superen o no el umbral de los €10.000 tienen que presentar el Modelo 303 de forma trimestral.


Recuerda que podemos ayudarte en todas las gestiones. Conoce nuestros servicios de autónomos.

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Tu situación puede ser particular.


Esta información no constituye bajo ningún concepto asesoramiento jurídico, sirviendo sólo a efectos informativos. En caso de necesitar asesoramiento debe ponerse en contacto con los Helpers.


Debe tenerse en cuenta que la normativa de cualquiera de los países analizados así como los procedimientos establecidos pueden cambiar en cualquier momento y sin previo aviso. La veracidad y la información es muy importante para nosotros. Por eso encontrarás en el artículo todas las fuentes oficiales y colaboradores que han participado en este artículo. Si quieres aportar a este artículo contacta con nosotros.


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