En este artículo encontrarás el siguiente contenido:
Fuentes | Colaboradores de esta información:
Unión Europea - Vivireneuropa.eu - Ministerio de Asuntos Exteriores - unmadrilenoeneuropa.es - Gobierno de España - BOE de España - UPTA - Agencia Tributaria - Autónomos en Europa
Si eres empresa y realizadas operaciones vinculadas o tienes relaciones con paraísos fiscales debes tener en cuenta la obligatoriedad del modelo 232. Te hablamos de moldeo 232, de sus características y detalles legales.
Este artículo está pensando principalmente para empresas.
Antes de empezar queremos recordar que en la comunidad Vivir en España somos más de 90 colaboradores a tu servicio para ayudarte en más de 250 servicios y gestiones. Además, dispones más de 180 informaciones digitales para que puedas planificar todo tú directamente. Formamos parte de la red de movilidad europea: Vivir en Europa.
En la parte superior de este artículo puedes ver todas las fuentes oficiales que han colaborado o de las cuáles se ha obtenido la información.
Qué es el Modelo 232.
Es una declaración informativa, que tendrán que presentar todas aquellas personas que lleven a cabo operaciones vinculantes o que se relacionen con paraísos fiscales.
Se consideran operaciones vinculantes, aquellas que se realizan entre las personas físicas o jurídicas, que tengan alguna vinculación familiar o mercantil.
Por ejemplo, hablamos de estas operaciones cuando se realizan entre empresas del mismo grupo, entre sociedad y socio, varias sociedades con el mismo administrador, etc.
Para evitar el fraude en estas operaciones vinculantes, tendrá que ajustarse a los precios de mercado que haya en ese momento.
Las operaciones vinculadas son todas aquellas operaciones de contenido económico que llevan a cabo las entidades o personas físicas entre ellas.
Se considerarán personas o entidades vinculadas las siguientes:
Este modelo será de obligado cumplimiento para aquellas sociedades o personas vinculadas, es decir:
También para entidades en atribución de rentas constituidas en el extranjero, pero que tengan presencia en el territorio español.
A todos estos sujetos se les obligará la presentación si cumplen:
Con operaciones específicas, nos referimos a operaciones realizadas entre una sociedad y una persona física que tribute en módulos (cuando esta persona o pariente supere el 25% de participación en dicha sociedad), operaciones con personas situadas en un territorio fiscal, transmisión de participaciones o del negocio que no coticen en bolsa, transmisiones de inmuebles y operaciones sobre activos intangibles.
Si necesitas ayuda tramita este modelo 232 con nuestros expertos.
Se tiene que presentar dentro del mes siguiente a los diez meses posteriores a la conclusión del período impositivo al que se refiera la información a suministrar. Las empresas que cierran su ejercicio fiscal el 31 de diciembre lo deberán presentar a lo largo del mes de noviembre.
Este Modelo se presenta obligatoriamente de forma telemática, dentro de la página web de la Agencia Tributaria, y con un certificado digital.
Vamos a identificar los principales bloques que conforman este impuesto:
I. Información Operaciones con personas o entidades vinculadas
En este bloque habrá que indicar las operaciones por persona o entidad vinculada, que agrupen el mismo tipo de actividad y el mismo método de valoración.
II. Operaciones con personas o entidades vinculadas en caso de aplicación de la reducción de las rentas procedentes de determinados activos intangibles
III. Operaciones con países o territorios considerados como paraísos fiscales
En este apartado habrá que dejar indicado el tipo de operación que has realizado a lo largo del ejercicio impositivo:
Contacta con nuestros expertos ante cualquier consulta que tengas sobre este modelo.
Tu situación puede ser particular.
Esta información no constituye bajo ningún concepto asesoramiento jurídico, sirviendo sólo a efectos informativos. En caso de necesitar asesoramiento debe ponerse en contacto con los Helpers.
Debe tenerse en cuenta que la normativa de cualquiera de los países analizados así como los procedimientos establecidos pueden cambiar en cualquier momento y sin previo aviso. La veracidad y la información es muy importante para nosotros. Por eso encontrarás en el artículo todas las fuentes oficiales y colaboradores que han participado en este artículo. Si quieres aportar a este artículo contacta con nosotros.
© vivirenespana 2020-2022
Engloba diferentes plataformas, empresas y asociaciones que aportan ayuda a los expatriados en España.
NIF. 07501652-H | San Sebastián de los Reyes CP 28701 Madrid | España
Este proyecto forma parte de: